HABILITACIÓN DE CONSULTORIO
Si aún no habilitaste tu consultorio, o pasaron 5 años desde que lo hiciste es necesario realizar el trámite de habilitación. A continuación cuentas con un link donde figura la documentación necesaria y las condiciones que requiere.
http://www.colegiopsprosario.com.ar/habilitacion-de-consultorios/
Ley 9847 y su modificatoria 10.169
Ministerio de Salud, Medio Ambiente y Acción Social de la Provincia Santa Fe
CARTA DE SOLICITUD DE HABILITACION DE CONSULTORIO:
La misma debe ser dirigida al Directorio del Colegio de Psicopedagogos 2da circunscripción. Deben figurar los siguientes datos:
Apellidos y Nombres completo de profesional/es.
N° de Matricula de titular/es del Consultorio.
Teléfonos de contacto.
Correo electrónico:
Domicilio del consultorio (calle, número, localidad, departamento)
- PLANO DEL CONSULTORIO: Con dimensiones y habitaciones, con sus respectivas superficies. Ubicación de matafuego y luz de emergencia.
- SALA DE ESPERA: con accesos directos desde el exterior o común. Si se trata de propiedad horizontal. La Superficie destinada a la sala de espera deberá ser no menor a nueve metros cuadrados (9m2) libres y lado mínimo de dos metros (2m). Toda sala de espera debe contar con un (1) servicio sanitario con lavatorio e inodoro como mínimo. Articulo 3.1
- CONSULTORIO: que deberá contar con comunicación con la sala de espera o con lugares de tránsito, con puertas y paredes no transparentes y separado de la sala de espera por pared o tabique completo no pudiendo mediar espacio entre el techo y esta, cumpliendo las condiciones de higiene y aislamiento. La superficie del consultorio deberá ser por lo menos de nueve metros cuadrados (9m2), contando con sistema de iluminación y ventilación. Articulo 3.2
- NORMAS DE SEGURIDAD: Se sugiere luz de emergencia, matafuego, señalización de Salidas de Emergencias y Servicio de urgencias médicas.
RECORDAR:
- No se aceptan para la habilitación y funcionamiento de consultorios, destinados al ejercicio individual de la profesión las habilitaciones de consultorios de otros Colegios profesionales.
- El profesional debe informar mediante una carta dirigida al Colegio de Psicopedagogos las modificaciones que se realicen en el consultorio al igual que si deja de trabajar en el mismo o se traslada a otro consultorio.
- Preservar la oblea que se otorga con la habilitación de consultorio en un lugar visible.
- La vigencia de la habilitación es de 5 años.