HABILITACIÓN DE CONSULTORIO

Si aún no habilitaste tu consultorio, o pasaron 5 años desde que lo hiciste es necesario realizar el trámite de habilitación. A continuación cuentas con un link donde figura la documentación necesaria y las condiciones que requiere.

 

http://www.colegiopsprosario.com.ar/habilitacion-de-consultorios/

Ley 9847 y su modificatoria 10.169

Ministerio de Salud, Medio Ambiente y Acción Social de la Provincia Santa Fe

 

CARTA DE SOLICITUD DE HABILITACION DE CONSULTORIO:

 

La misma debe ser dirigida al Directorio del Colegio de Psicopedagogos 2da circunscripción. Deben figurar los siguientes datos:

Apellidos y Nombres completo de profesional/es.

N°  de Matricula de titular/es del Consultorio.

Teléfonos de contacto.

Correo electrónico:

Domicilio del consultorio (calle, número, localidad, departamento)

 

  • PLANO DEL CONSULTORIO: Con dimensiones y habitaciones, con sus respectivas superficies. Ubicación de matafuego y luz de emergencia.

 

  • SALA DE ESPERA: con accesos directos desde el exterior o común. Si se trata de propiedad horizontal. La Superficie destinada a la sala de espera deberá ser no menor a nueve metros cuadrados (9m2) libres y lado mínimo de dos metros (2m). Toda sala de espera debe contar con un  (1) servicio sanitario con lavatorio e inodoro como mínimo. Articulo 3.1

 

  • CONSULTORIO: que deberá contar con comunicación con la sala de espera o con lugares de tránsito, con puertas y paredes no transparentes y separado de la sala de espera por pared o tabique completo no pudiendo mediar espacio entre el techo y esta, cumpliendo las condiciones de higiene y aislamiento. La superficie del consultorio deberá ser por lo menos de nueve metros cuadrados (9m2), contando con sistema de iluminación y ventilación. Articulo 3.2

 

  • NORMAS DE SEGURIDAD: Se sugiere luz de emergencia, matafuego, señalización de Salidas de Emergencias y Servicio de urgencias médicas.

 

RECORDAR:  

  • No se aceptan para la habilitación y funcionamiento de consultorios, destinados al ejercicio individual de la profesión las habilitaciones de consultorios de otros Colegios profesionales.
  • El profesional debe informar mediante una carta dirigida al Colegio de Psicopedagogos las modificaciones que se realicen en el consultorio al igual que si deja de trabajar en el mismo o se traslada a otro consultorio.
  • Preservar la oblea que se otorga con la habilitación de consultorio en un lugar visible.
  • La vigencia de la habilitación es de 5 años.
  • cons2